¿Por qué registrar mis objetos antiguos?
El Registro de Bienes Culturales se encarga de la inscripción, anotación y cancelación de hechos, actos y contratos relativos a la propiedad y posesión de bienes culturales. Estos pueden ser objetos de la época prehispánica, colonial o republicana, tanto públicos como privados.
A nuestras manos llegan las herencias de los y las abuelas. Objetos que consideramos preciados porque han estado en nuestra familia por generaciones. “Ya no los hacen así”, es un comentario usual y muchas veces es cierto. Algunos están hechos con técnicas que ya no se usan, o materiales que ya no se encuentran y reflejan la época en la que fueron creados.
Estos objetos terminan teniendo un significado cultural también, pues muestran un estilo de vida de antaño o técnicas perdidas en el tiempo. Para asegurar su preservación y seguridad, es beneficioso acudir al Registro de Bienes Culturales para documentar los objetos que puedan ser considerados como bienes culturales.
¿Sabías qué?
El Patrimonio Cultural de la Nación puede ser tangible e intangible. Los bienes culturales tangibles pueden ser muebles o inmuebles.¿Qué objetos antiguos se pueden registrar?
Usualmente los objetos que se registran son imágenes religiosas antiguas, muebles como sillas o armarios, pinturas, decoraciones, objetos sacros, orfebrería o esculturas de las épocas coloniales o de los siglos posteriores (hispánicas o republicanas). También objetos de la época prehispánica, como vasijas, puntas de lanza, estelas, piedras talladas, figurillas, joyería, utensilios, cuencos, platos y otros.
Según la Ley del Protección para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural, los bienes culturales los constituyen “bienes muebles o inmuebles, públicos o privados, relativos a la paleontología, arqueología, historia, antropología, arte, ciencia y tecnología”.
El registro no es exclusivo a objetos considerados antiguos, sino también a los que tienen un impacto cultural, como piezas de arte o tecnología.
¿Sabías qué?
IDAEH es un acrónimo para Instituto De Antropología E Historia de Guatemala.¿Por qué registrarlos?
Para hacerlo, no es necesario que sean parte de una colección o de un museo, pueden ser piezas de un dueño particular. Hay muchos beneficios a la hora de registrar nuestros objetos, si califican como bien cultural. Al registrarlos como bien cultural garantizas su protección y, en el caso de un robo, se tendrá evidencia y descripción del objeto que ayudará a las autoridades a dar con ello, evitando así el tráfico ilícito.
Al registrarlos entran a estar bajo la protección del Estado, no importa quién sea el propietario o poseedor. Es importante recalcar que al hacerlo, tus reliquias no pasan a ser del Estado, tu sigues siendo el dueño de ellas, a excepción de las piezas prehispánicas. Aún así, esas piezas pueden mantenerse bajo tu posesión y ser el guardián de ellas.
También puedes vender tus piezas, mientras no sean prehispánicas. Al hacerlo, solo debes de notificar en el registro para saber quién es el nuevo propietario.
¿Quién protege el Patrimonio Cultural de Guatemala?
¿Cómo registrar bienes culturales?
Para hacerlo, sigue estos pasos:
- Ve, con el objeto de preferencia, al Registro de Bienes Culturales en IDAEH (12 Avenida 11-11 zona 1 Ex convento de la Iglesia Santo Domingo).
- Presenta tu DPI si el objeto es de tu propiedad. Si vas en representación de una organización necesitas presentar tu DPI, nombramiento de representante Legal, Declaración Jurada por pieza o colección y fotocopia de la inscripción de la asociación.
- Llena el formulario con tus datos y los datos del objeto.
- Expertos tomarán fotografías y detalles de la pieza para determinar si no se encuentra registrado como robado.
- Llevar un dispositivo para guardar las fotografías.
Si quieres saber más sobre la ley y los bienes culturales puedes leer más en: bit.ly/ley-proteccion-patrimonio